La elección de una Asamblea Constituyente para la Ciudad de México el próximo 5 de junio es totalmente antidemocrática

Foto: Uriel López
Foto: Uriel López

Ciudad de México a 24 de mayo del 2016.

A LOS HABITANTES Y CIUDADANOS DEL DISTRITO FEDERAL O CIUDAD DE MÉXICO.

CONSIDERANDO QUE

1.- El derecho de los mexicanos a elegir sus gobernantes no se ejerce por decreto sino con la organización consciente del pueblo.

2.- La partidocracia nos ha arrebatado el derecho constitucional a votar y ser votado.

3.- El actual Sistema Electoral ha destruido y pervertido la DEMOCRACIA y la POLITICA convirtiéndolas en mercadotecnia para vender al mejor postor los derechos del pueblo.

4.- La democracia no es solo votar por candidatos sino también decidir quiénes pueden y deben ser estos.

5.- Constitucionalmente la democracia es también “…UN SISTEMA DE VIDA FUNDADO EN EL CONSTANTE MEJORAMIENTO ECONÓMICO, SOCIAL Y CULTURAL DEL PUEBLO”.

6.- Durante los últimos treinta años la clase gobernante nos ha impuesto UN SISTEMA DE VIDA FUNDADO EN EL CONSTANTE MEJORAMIENTO ECONÓMICO de unos cuantos.

DECLARAMOS PÚBLICAMENTE

Que la elección de una Asamblea Constituyente para la Ciudad de México el próximo 5 de junio es totalmente antidemocrática por los siguientes:

HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS

PRIMERO.- Tal Asamblea se elegirá e integrará de la manera siguiente:

A.- Solo sesenta de sus cien diputados serán electos, y los restantes cuarenta serán nombrados por los gobiernos y congresos federales y locales de la Ciudad.

B.- La partidocracia excluyó toda participación popular en la integración de las listas de los sesenta candidatos que hoy nos llaman a elegir.

C.- Las candidaturas independientes en general no lo son, porque dado el cumulo de trámites y requisitos que les exigieron terminaron siendo impulsadas por el dinero de los gobiernos, los empresarios y los partidos, lo cual otorga a estos una triple representación.

D.-Solo el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México tendrá la facultad de presentar a la asamblea constituyente el texto constitucional que ésta aprobará.

SEGUNDO.– Los promotores de la Constituyente oficial han venido repitiendo DOS mentiras:

1ª.-Que el Distrito Federal se ha convertido en Ciudad de México, lo cual no es cierto ya que ambos conceptos históricamente son sinónimos (anterior artículo 44 constitucional) y antiguos, pues el primero fue creado desde 1824 y la segunda emergió lentamente de aquel durante los siguientes años, consolidándose durante el Porfiriato.

2ª.- Que a partir de su Constitución la Ciudad de México tendrá un nuevo y mejor gobierno, lo cual es totalmente falso porque:

a.- Sigue siendo capital de la Republica y sede de los poderes federales, y por ello estos seguirán interviniendo en los servicios y seguridad pública de nuestra Ciudad.

b.- No se constituye en un nuevo Estado de la Federación compuesto por Municipios y regido por los artículos 115 y 116, como el resto del país, sino por el 122 bajo un régimen de excepción, lo cual violenta el mandato constitucional de que la Republica se componga de Estados libres y soberanos en su régimen interior (Artículo 40).

c.- Que la alcaldía, que hoy nos presentan en lugar de las Jefaturas Delegacionales, además de que no es equivalente al municipio sino solo una parte de este (Presidencia Municipal), será una mera oficina administrativa del gobierno central, quien ahora detentará casi todas las prerrogativas de las actuales Delegaciones.

TERCERO.- La reforma constitucional sobre la Ciudad de México en que se funda esta constituyente fue una buena oportunidad para arrebatar o evadir a los capitalinos derechos ya ganados. Ejemplos de lo anterior son los siguientes casos:

1º.-En la constitución de 1917 se previó que el Distrito Federal podría convertirse en un nuevo Estado de la Federación al que se le llamaría “Estado del Valle de México” (art. 44) y el cumplimiento de esta disposición se convirtió en una demanda histórica, pero con esta reforma diputados y senadores de hoy, en lugar de atenderla la cancelaron desconociendo nuestro derecho a crear el estado 32 de la Federación y a gobernarnos mediante el MUNICIPIO LIBRE, como el resto de los mexicanos.

2º.- Mientras que en artículo 2 de la Constitución General se reconocen los derechos de autodeterminación y autonomía de las culturas y pueblos originarios, mandando que su reconocimiento se establezca en las constituciones locales, en la convocatoria a esta constituyente oficialista se ignora ese mandato y la demanda histórica de esas culturas y pueblos de tener sus propios representantes en los congresos locales al margen de la partidocracia. Un verdadero constituyente debería estar integrado en buena medida por los representantes de dichos pueblos y culturas, pero el INE resolvió que tales pueblos y culturas solo podrán participar electoralmente a través de los partidos, negándoles su derecho a impulsar sus propias candidaturas bajo un régimen especial electoral y de protección social.

POR LO ANTERIOR LLAMAMOS A LOS PUEBLOS DEL VALLE Y CIUDAD DE MEXICO A:

1.- Fortalecer, reforzar y articular NUESTRA ORGANIZACIÓN SOCIAL para hacer valer nuestro derecho constitucional a votar y ser votado y elegir libre, eficaz y críticamente a nuestros gobernantes y representantes, a fin de construir un verdadero Constituyente Popular y Democrático para la Ciudad y Valle de México.

2.- Rescatar y reivindicar la DEMOCRACIA y la POLÍTICA, el primero como gobierno del pueblo y el segundo como participación e interés en las soluciones de los asuntos públicos o de la Ciudad.

3.- Por todos los medios pacíficos a nuestro alcance hacer valer el “…inalienable derecho de alterar o modificar la forma de…(nuestro)… gobierno.” , que el artículo 39 constitucional nos concede a todos los mexicanos.

4.- Rescatar y reivindicar todas las demandas populares que han sido ignoradas por la casta política gobernante, hasta hacerlas realidad y en la primera oportunidad insertarlas en nuestro texto constitucional.

FRATERNALMENTE
Consejo Autónomo de la Ciudad de México
Unidad Organizacional en la diversidad para una vida digna

La anterior es una versión sintética. Puede descargarse la versión completa de esta declaratoria.

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